En fábrica
El vendedor pone la mercancía a disposición en sus propias instalaciones. A partir de ahí, el comprador se encarga del despacho de exportación, el transporte, el seguro y los aranceles de importación.
Referencia
Once reglas que determinan dónde termina la responsabilidad del vendedor y dónde empieza la del comprador: quién paga el flete, quién asume el riesgo, quién hace el despacho de aduanas y quién asegura la carga. Elige un término para ver hasta dónde llega exactamente cada uno.
Incoterms® es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Esta página es una guía explicativa independiente, sin vínculo con la ICC ni respaldada por ella.
Incoterms 2020
Elige una regla para ver hasta dónde llega la responsabilidad del vendedor en transporte, seguro y aranceles antes de pasar al comprador.
Mostrando En fábrica (EXW) : La obligación mínima del vendedor: la mercancía se pone a disposición en sus propias instalaciones.
Las reglas
El vendedor pone la mercancía a disposición en sus propias instalaciones. A partir de ahí, el comprador se encarga del despacho de exportación, el transporte, el seguro y los aranceles de importación.
El vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista o en el lugar designado por el comprador. Desde ahí se encarga el comprador.
El vendedor paga el transporte hasta el destino convenido, pero el riesgo pasa al comprador en cuanto la mercancía se entrega al primer transportista.
Igual que CPT, pero el vendedor también debe asegurar la mercancía hasta el destino convenido, con una cobertura alta ("todo riesgo").
El vendedor asume todos los costes y riesgos de llevar la mercancía hasta el destino convenido, lista para descargar. El comprador se encarga del despacho de importación.
Como DAP, salvo que el vendedor también asume el coste y el riesgo de descargar la mercancía en el destino convenido.
La obligación máxima del vendedor. La mercancía llega al destino convenido despachada para la importación, con los aranceles e impuestos ya pagados.
El vendedor entrega la mercancía al costado del buque en el puerto de embarque convenido, despachada para la exportación. Desde ahí se encarga el comprador.
El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador. El riesgo se transmite una vez cargada la mercancía.
El vendedor paga el flete hasta el puerto de destino convenido, pero el riesgo pasa en cuanto la mercancía está a bordo en el puerto de embarque.
Igual que CFR, pero el vendedor también debe asegurar la mercancía hasta el puerto de destino convenido, con una cobertura mínima.
¿Todavía los ves en contratos antiguos? DAT (Entregado en terminal) fue sustituido por DPU en 2020. De los Incoterms 2000: DAF , DES , DEQ y DDU han sido sustituidos desde entonces por los términos D actuales de arriba.
Definen quién es responsable del transporte, el riesgo, el seguro y el despacho de aduanas entre vendedor y comprador. No transfieren la propiedad de la mercancía ni fijan el precio. Eso lo regula el propio contrato de compraventa.
Solo si el contrato de compraventa los menciona de forma expresa, por ejemplo "FOB Shanghai, Incoterms® 2020". Son reglas que ambas partes acuerdan usar, no una ley que se aplique automáticamente.
Sí. La actualización de 2020 no anuló las reglas de 2010. Un contrato puede remitirse a cualquiera de las dos versiones, siempre que indique claramente cuál se aplica.
FOB y CIF se usan mucho por costumbre, aunque FCA y CIP encajan técnicamente mejor con la carga en contenedor. El riesgo se transmite cuando el contenedor se entrega al transportista, no cuando se carga en el buque.
No. Qubictron no está afiliada a la Cámara de Comercio Internacional. Esta página es un resumen independiente pensado como referencia rápida, no el texto oficial de las reglas.
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