El Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) es la norma obligatoria de la OMI para clasificar, embalar, marcar y estibar las mercancías peligrosas transportadas por mar. Asigna a cada materia peligrosa una clase, un número ONU y unos requisitos de embalaje que las navieras y las terminales deben cumplir.
IMDG · Clase 5
Clase IMO 5: Materias comburentes y peróxidos orgánicos
Clase 5 Materias comburentes y peróxidos orgánicos
División 5.1: Materias comburentes
Una materia comburente (División 5.1) es una materia que, generalmente al ceder oxígeno, puede provocar o favorecer la combustión de otras materias.
1. Una materia sólida se clasifica en la División 5.1 si, sometida a ensayo según el Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, su tiempo medio de combustión es igual o inferior al de una mezcla 3:7 de bromato potásico y celulosa.
2. Una materia líquida se clasifica en la División 5.1 si, sometida a ensayo según el Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, se inflama espontáneamente o su tiempo medio de aumento de presión de 690 kPa a 2070 kPa (manométrica) es inferior al de una mezcla 1:1 de ácido nítrico (65 por ciento) y celulosa.
División 5.2: Peróxidos orgánicos, la mayoría arden rápidamente
y son sensibles a los golpes o a la fricción
Un peróxido orgánico (División 5.2) es cualquier compuesto orgánico que contiene oxígeno (O) en la estructura bivalente -O-O- y que puede considerarse un derivado del peróxido de hidrógeno en el que uno o varios átomos de hidrógeno se han sustituido por radicales orgánicos, salvo que se aplique alguno de los siguientes apartados:
1. La materia cumple la definición de explosivo establecida en la subparte C de esta parte, en cuyo caso debe clasificarse como explosivo;
2. Está prohibido presentar la materia al transporte según el 49CFR 172.101 de este subcapítulo o el 49CFR 173.21;
3. El Associate Administrator for Hazardous Materials Safety ha determinado que la materia no presenta un peligro asociado a una materia de la División 5.2; o
4. La materia cumple una de las siguientes condiciones:
1. Para materias que contienen no más del 1.0 por ciento de peróxido de hidrógeno, el oxígeno activo, calculado con la ecuación del apartado (a)(4)(ii) de esta sección, no supera el 1.0 por ciento, o
2. Para materias que contienen más del 1.0 por ciento pero no más del 7.0 por ciento de peróxido de hidrógeno
Clasificación de mercancías peligrosas, explicada
Una materia se clasifica según su peligro principal, pero muchas presentan también un riesgo secundario, como un gas tóxico que además es inflamable. Los documentos de transporte y las placas-etiquetas reflejan ambos, y las normas de segregación se rigen por el peligro más restrictivo.
El número ONU se asigna a cada materia (o grupo de materias similares) en la Lista de mercancías peligrosas del Código IMDG, no a cada clase. Dos envíos de la misma clase pueden tener números, grupos de embalaje y requisitos de segregación distintos.
No. Es una guía en lenguaje sencillo, solo para planificación. La clasificación definitiva, las instrucciones de embalaje y las tablas de estiba y segregación siempre proceden de la edición vigente del Código IMDG y del departamento de mercancías peligrosas de tu naviera.
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